octubre 06, 2011

Proponemos ampliar el derecho a huelga.

Debemos legalizar paralizaciones que denuncian vulneraciones de derechos, incumplimiento de contratos colectivos y las movilizaciones locales y nacionales.


Junto conlos senadores Isabel Allende, Ximena Rincón, Camilo Escalona y Carlos Bianchi presentamos una moción que pretende ampliar el derecho a huelga en el Código del Trabajo, más allá de la negociación colectiva, recogiendo lo señalado en tratados internacionales y en resoluciones del Comité de Libertad Sindical de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

La necesidad de legislar en esta materia se fundamenta en que la legislación laboral emanada de la dictadura militar impuso un sistema extremadamente rígido, cuyo propósito era dificultar la organización de los trabajadores y el ejercicio del derecho a la huelga, incorporando quórums, plazos y formalidades excesivas, permitiendo la negociación por parte de grupos ajenos al sindicato y posibilitando la contratación de reemplazantes durante la paralización.

A todo lo anterior se agrega que la negociación colectiva presenta, en nuestra normativa, un carácter casi exclusivamente remuneracional y que es obligatoria sólo en el ámbito de la empresa, excluyendo la posibilidad de realizarse en forma más amplia, por sectores o ramas de actividad, aspectos que no han podido ser superados sustantivamente, pese a la aprobación de sucesivas reformas al Código del Trabajo.

Estas trabas, unidas a otros aspectos como la exclusión de los trabajadores públicos, dificultan el ejercicio de este derecho, que es, sin duda, el instrumento más poderoso con que cuentan los trabajadores y sus organizaciones para hacer valer sus reivindicaciones, reconocido además en múltiples tratados internacionales.

El proyecto de ley propone superar estas falencias, recogiendo resoluciones de la OIT, con el objeto de ampliar el derecho a huelga, más allá de la negociación colectiva. Según la moción, ésta podría tener lugar, además, cuando exista una situación que afecte a los derechos fundamentales del trabajador que haya motivado el ejercicio de una acción de tutela o cuando se persiga el cumplimiento del convenio colectivo vigente que haya sido vulnerado por el empleador.

Un simple ejemplo demuestra la relevancia y pertinencia de esta propuesta. Si recordamos la tragedia de la Mina San José, en nuestra normativa esos trabajadores no podrían haber declarado una huelga para denunciar los riesgos graves y evidentes a que estaban sujetos, pues no había negociación colectiva en ese momento.

Igualmente la moción dispone que podría declararse la paralización de actividades como solidaridad con una huelga legal que se lleve adelante en otra empresa o en apoyo a una huelga  de carácter nacional o local, aprobada por las instancias correspondientes de la federación, confederación o central sindical de la que el sindicato respectivo forme parte. 

Se trata de movilizaciones masivas, que son el origen histórico de este derecho y que se reconocen en todo el mundo como la forma legítima que tienen los trabajadores organizados de expresar reivindicaciones de carácter colectivo - más allá de la propia empresa - y que, sin embargo, en nuestro país se encuentran al margen de la normativa vigente.

Esta iniciativa ajustaría la restrictiva legislación nacional a estándares internacionales. Además, la sola presentación del proyecto permite discutir, al tratarse las huelgas por solidaridad con otros sindicatos, la negociación colectiva interempresa, materia cuyo debate ha sido eludido por largos años.

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