noviembre 07, 2007

Sancionados por prácticas antisindicales o infracciones laborales no podrán contratar con el Estado

No podrán proveer de bienes o servicios al sector público


Un importante avance registró el proyecto de ley del Senador Pedro Muñoz, Presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta, destinado a excluir del sistema de provisión de bienes y servicios para el Estado a las empresas y personas naturales sancionadas por prácticas antisindicales o por infracciones a los derechos fundamentales de los trabajadores.
Asimismo, el texto dispone que en el caso de empresas que registren deudas por concepto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores, dentro de los últimos dos años, sus primeros estados de pago de un nuevo contrato con entidades fiscales serán destinados a regularizar dicha situación. La iniciativa que ya había sido aprobada por la Cámara Baja fue despachada ahora por el Senado, restando sólo que los diputados ratifiquen algunas enmiendas introducidas en este último trámite para que se transforme el ley.
El Senador Pedro Muñoz valoró este trascendente paso de la moción manifestando que “se sienta un principio fundamental, como es que quien vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores y atenta contra sus organizaciones no podrá seguir siendo proveedor de ninguna entidad pública; en tanto si registra deudas con sus ex trabajadores primero debe pagarlas, antes de poder recibir nuevos ingresos.”
Explicó que con ello se atienden los reclamos de muchos trabajadores de empresas contratistas del Estado para quienes resultaba incomprensible que mientras sus empleadores afectaban gravemente sus derechos o mantenían deudas por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales o de seguridad social, seguían siendo favorecidas con cuantiosos contratos.
La moción contempla, además, normas referidas a aquéllos servicios que son licitados periódicamente por entidades públicas, fundamentalmente municipalidades, tales como aseo, manipulación de alimentos, servicios de transporte y cobro de parquímetros, entre otros, respecto de los cuales indica que en las bases de licitación deberá favorecerse especialmente a aquellas empresas que contemplen propuestas con mejores condiciones de empleo y remuneración para los trabajadores.
“Con esto se pretende evitar – indicó el parlamentario – que los postulantes a estas licitaciones presenten ofertas más competitivas, abaratando su valor por la vía de establecer sueldos mínimos y condiciones de trabajo deficientes.”
Del mismo modo, a través de una indicación, se corrigió la situación que afecta a más de 40.000 trabajadoras manipuladoras de alimentos de establecimientos educacionales, quienes perciben sueldo sólo durante los 10 meses del año en que se encuentran en funciones. “En el futuro – precisó – los contratos de estas empresas con el Fisco deberán contemplar pagos mensuales durante todo el año, incluyendo Enero y Febrero.”
Por último la iniciativa legal establece que las boletas de garantía que se constituyen a favor del Fisco para asegurar el cumplimiento de los contratos, se mantendrán vigentes por sesenta días después de culminadas las faenas con el objeto de asegurar el pago de las obligaciones legales y sociales con los trabajadores. De este modo, quienes no reciban oportunamente su remuneraciones o el pago de sus imposiciones dispondrán de un lapso razonable para ejercer acciones legales, solicitando el embargo de tales documentos.
El Senador Muñoz se manifestó muy satisfecho con el nuevo paso dado por el proyecto en el Senado y se mostró confiado en que la Cámara de Diputados respaldará las modificaciones introducidas.

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