octubre 31, 2006

Senador Pedro Muñoz presentó una moción que reemplaza el actual procedimiento de reclamos por cobros de aranceles de notarios y conservadores

Nuevo mecanismo se regirá por la Ley de Derechos del Consumidor


Modificar el procedimiento de reclamos por cobros de notarios, conservadores y archiveros para que se rijan por las normas generales de la Ley del Consumidor, en lugar de hacerlo acogiéndose a los diversos decretos del Ministerio de Justicia dictados para fijar los aranceles de las prestaciones, propusieron los senadores Pedro Muñoz, Jaime Naranjo y Camilo Escalona , autores de la moción que será analizada por la Comisión de Constitución.

Para terminar con el trámite burocrático, los legisladores establecen que cualquier persona podrá formular reclamos por el incumplimiento de los preceptos de los aranceles de Notarios Públicos, Conservadores de Bienes Raíces, Conservadores de Minas y Archiveros, de acuerdo al procedimiento establecido por la Ley de Derechos del Consumidor que contiene normas generales de protección.

Los parlamentarios autores de la iniciativa, afirmaron que los ministros de fe que se desempeñan en Notarías son objeto de constantes reclamos por el incumplimiento en los cobros de los aranceles. Sin embargo, puntualizaron que el principal problema al que se ven enfrentados los usuarios cuando quieren hacer respetar los precios establecidos en los aranceles es que el proceso para presentar los reclamos es engorroso y desconocido por la mayoría.

De hecho, según los respectivos decretos leyes estas denuncias deben ser presentadas ante un Ministro Visitador, quien debe velar por el buen funcionamiento de las Notarías, o las Intendencias y Gobernaciones, en su caso, para que éstas los deriven a la justicia ordinaria.

El senador Pedro Muñoz explicó que “este complejo procedimiento hace que los afectados prefieran aceptar pasivamente estos abusos, más aún cuando los ciudadanos no conocen el valor de dichos trámites”.

Argumentó que “en el caso de las Notarías y Conservadores, existe un servicio que presta el servicio y una persona que es el usuario del mismo, por lo que resulta incomprensible que esta relación no se encuentre reglamentada por la Ley de los Derechos de los Consumidores”.

Agregó que, de acuerdo a esta legislación son consumidores “las personas naturales o jurídicas que en virtud de cualquier acto jurídico oneroso adquieran, utilicen, o disfruten, como destinatarios finales, bienes o servicios”.
De igual forma, la ley define como proveedores, a las personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que habitualmente desarrollen actividades de producción, fabricación, importación, construcción o comercialización de bienes o de prestación de servicios a consumidores por las que se cobre precio o tarifa.

Por tal motivo, expresó el legislador que “deben suprimirse las referencias especiales en los Decretos Leyes que regulan la forma de reclamo en caso de incumplimiento de aranceles a los auxiliares de la administración de justicia que impiden actualmente que estas prestaciones se rijan por la Ley sobre Derechos del Consumidor”.

El senador Muñoz recordó que al igual que lo anunció la presidenta Bachelet el 21 de mayo “no es posible que los trámites demoren varios días o semanas, ni que su costo sea tan elevado. El Estado ha hecho gran parte de su tarea y es pionero en la tramitación electrónica en los servicios de Impuestos Internos y de Registro Civil, entre otras instituciones. Ahora es el turno de notarios y conservadores”.

No obstante, dicha reforma se encuentra en etapa de estudio y aún no ha ingresado a tramitación al Congreso Nacional ningún proyecto del Ejecutivo relativo a tal materia, informó el parlamentario.

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