marzo 01, 2005

Diputado Muñoz (PS) presenta moción para aumentar penas a responsables de incendios forestales

El voraz incendio que ha consumido ya más de 14.000 hectáreas en el Parque Nacional Torres del Paine, llevó al Diputado por la Región de Magallanes, Pedro Muñoz (PS), a presentar una iniciativa legal destinada a endurecer las sanciones para los responsables de los incendios forestales, sea que éstos sean intencionales o involuntarios.
El parlamentario explicó que “lo ocurrido con el siniestro en la zona austral y que aún no logra ser completamente extinguido, ha puesto de manifiesto las deficiencias en nuestra legislación sobre la materia.”
A juicio del legislador las principales falencias existentes en las normas vigentes son la falta de cuantía o inexistencia, en algunos casos, de penas pecuniarias, la falta de criterios diferenciadores para la determinación de las sanciones en función del área afectada y su naturaleza y, por último, la debilidad de las medidas cautelares impuestas en caso de que los imputados sean turistas extranjeros.
La iniciativa legal propone avanzar en estos tres aspectos para lo cual, en primer término, agrega a la pena de prisión prevista actualmente en el Código Penal para los autores de incendios forestales, de carácter intencional y que se sanciona con presidio de entre 5 a 20 años, la sanción accesoria de multa de 10 a 100 Unidades Tributarias Mensuales.
La moción eleva, también, las sanciones económicas para el caso del incendio provocado por descuido o negligencia, aumentando la multa existente que oscila entre 1 y 4 UTM, fijándola entre 11 a 20 UTM.
En segundo lugar, el proyecto incorpora criterios para la aplicación de las penas que dependen de la extensión y naturaleza del daño causado. Así, cuando el área quemada exceda las 5 hectáreas o afecte, en cualquier forma, a un Área Silvestre Protegida del Estado o a un área de vegetación incluida en un Santuario de la Naturaleza no se podrán aplicar las penas mínimas en caso del incendio intencional, en tanto en el ocasionado en descuido o negligencia se impondrá una pena de presidio menor en cualquier grado (61 días a 5 años) y una multa de 10 a 100 UTM.
“Hoy el cuasi delito de incendio de bosques tiene una pena ínfima como ha quedado demostrado en el incendio del Parque Nacional Torres del Paine, – manifestó Muñoz - lo que no resulta suficientemente ejemplarizador para los visitantes de estas áreas en torno a la importancia de cumplir las indicaciones y evitar así los siniestros.”
Por último, se establece la obligación de decretar la prohibición de salir del país si el imputado es un turista que no reside en el país, a menos que garantice satisfactoriamente su responsabilidad penal y civil en los hechos.
El legislador magallánico culminó destacando la necesidad de mejorar las leyes en esta materia, por la importancia ambiental, económica y turística de resguardar los recursos forestales del país, especialmente en las regiones australes, al tiempo de destacar que la conservación de los bosques y sitios de protección natural constituye un imperativo ético de la sociedad con las futuras generaciones.

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