agosto 07, 2013

Debe facilitarse la conversión de vehículos a gas


Medida permitiría reducir costos, diversificar matriz energética y disminuir contaminación. 

Insistiré ante los Ministerios de Hacienda y Transportes en la necesidad de facilitar la conversión de vehículos a gas en el país, con el objeto de diversificar la matriz energética del parque automotriz, reducir la contaminación ambiental y otorgar a los propietarios de los móviles, particularmente del transporte público, una alternativa de combustible de menor costo que los derivados del petróleo. 

En la Región de Magallanes existe una larga historia en el uso de este combustible como insumo vehicular, que creo, debería potenciarse. En los últimos años, por el contrario, se establecieron obstáculos y trabas innecesarias a un proceso que había sido por décadas bastante expedito y seguro. Nuestra región debería recuperar sus antiguas normas en la materia al tiempo de extenderse, también, las facilidades al centro del país.

Tras la crisis generada por la suspensión de los envíos de gas desde Argentina, a inicios de la década pasada, se desechó la idea de favorecer el uso del gas como combustible vehicular, por la inestabilidad en el abastecimiento, pero proyectos como la planta regasificadora de GLP ubicada en Quintero y la eventual explotación de yacimientos en Tierra del Fuego permitiría reevaluar esta alternativa con mayor perspectiva.

El año 2010 propuse al Ministerio de Transportes estudiar la posibilidad de impulsar la conversión de vehículos. Antes, el 2006, presenté un proyecto de ley que reponía una antigua norma vigente para la zona austral y que permitiría realizar este procedimiento en cualquier taller que contare con la certificación correspondiente, exigiéndose luego que el vehículo aprobare la revisión técnica con su nuevo equipamiento.

Lo anterior facilitaría notablemente el actual sistema que implica la certificación de los vehículos a gas exclusivamente por parte del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que se aplica sólo a vehículos livianos destinados a transporte de pasajeros (taxis y colectivos) y comerciales.

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