septiembre 27, 2012

Debemos fortalecer derechos de pasajeros de aerolíneas.

Actual normativa es deficiente y retrasada. Hace 8 años presenté moción que refuerza información y compensaciones a los usuarios.
 
Los inconvenientes vividos por decenas de usuarios de LAN que reportaron severos problemas en el embarque durante Fiestas Patrias y que ha motivado una investigación por parte del SERNAC, demuestra la urgencia de mejorar la normativa sobre protección a los pasajeros del transporte aéreo.
 
Presenté el año 2004, la primera iniciativa legislativa sobre la materia, moción que fue reactivada el 2006 y que tras ser aprobada en el Senado se encuentra en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados. Ella modernizaría la actual regulación que es deficiente y se encuentra absolutamente retrasada, pues no considera los mejoramientos y avances que se han hecho a nivel internacional para fortalecer los derechos de los pasajeros.
 
Tenemos un Código Aeronáutico del siglo pasado que no es claro y que reconoce a los usuarios menos derechos que los que existen en Europa y otras naciones, posibilitando abusos y arbitrariedades.

La diferencia en la normativa aplicable motiva, por ejemplo, que la principal aerolínea del país tenga un estándar de compensaciones para sus vuelos con destino u origen en el viejo continente y otro distinto para los itinerarios locales.

El proyecto de ley que se encuentra en tramitación modifica el Código Aeronáutico en materia de transparencia en la venta de pasajes al tiempo que actualiza la normativa en lo referido a indemnizaciones por cancelaciones y suspensiones de vuelos y denegación de embarque.

Respecto de la oferta de pasajes, se dispone que deberá informarse claramente al comprador de las restricciones de los tickets, las que deberán constar por escrito en el boleto, lo mismo que los principales derechos del usuario. Asimismo, establece montos de compensaciones fijas, automáticas e inmediatas en caso de cancelación o suspensión de los vuelos, al tiempo que señala claramente los derechos que asisten al pasajero en materia de comunicaciones telefónicas, alimentación, alojamiento y movilización entre éste y el aeropuerto.

Hoy las compensaciones quedan entregadas a lo que pacte la aerolínea con el usuario, con algunos topes, en circunstancias que a nivel internacional se han fijado montos mínimos, precisos y preestablecidos, según la extensión de los viajes, las que, además, deben entregarse en el mismo momento. Asimismo debe clarificarse que tales indemnizaciones son exclusivamente referenciales pudiendo los pasajeros instar por sumas mayores en caso que se comprueben perjuicios adicionales, tales como pérdidas de paquetes turísticos o reservas hoteleras.

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