noviembre 25, 2009

Adhiero al Día por la No Violencia contra la Mujer

El 25 de Noviembre fue instituido como Día Internacional por la Eliminación de la Violencia contra la Mujer recordando el asesinato, en 1960, de las tres hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana, por orden del dictador Rafael Trujillo y asumido, mundialmente, en 1999, por la Asamblea General de Naciones Unidas.
Hoy quiero adherir a esta conmemoración, valorando la importancia de esta fecha para impulsar una mayor toma de conciencia en la sociedad en torno a una problemática tan grave y preocupante como la violencia doméstica, en particular contra las mujeres.

En los últimos años hemos tenido enormes avances en esta materia, particularmente a partir de la Ley de Violencia Intrafamiliar y sus modificaciones y, también, gracias al trabajo del Sernam y otras entidades privadas en la difusión de sus procedimientos y, más recientemente, en la habilitación de casas de acogida para mujeres agredidas. Todo esto vino a sacar a la luz un problema hasta entonces oculto, pese a afectar por igual a toda la comunidad nacional.

Sin embargo, esta labor esta lejos de terminar y, por el contrario, los dramáticos casos de femicidios que conmueven al país y las muchas otras situaciones de mujeres agredidas que se viven día a día, nos deben hacen redoblar los esfuerzos para mejorar nuestras leyes, para fortalecer el apoyo a las víctimas y, sobre todo, para insistir en los cambios culturales que se requieren para terminar con este flagelo.

No hay razón alguna para que en la convivencia y más aún en la relaciones de afecto se involucre la violencia, dañando no sólo físicamente a las personas, sino más aún, afectando su estabilidad psíquica al transformar en vulnerable y riesgoso un espacio como el hogar que, por su naturaleza, debe servir para recibir cariño y comprensión y no golpes y maltrato.

En el Senado se encuentra en trámite una iniciativa legal destinada a sancionar el femicidio, dando así una señal potente a la ciudadanía. El proyecto contempla denominar de ese modo el parricidio en el caso que la víctima sea la cónyuge o conviviente y aplicar la pena de presidio calificado al caso del asesinato de una ex cónyuge o conviviente.

Del mismo modo, se mejoran las disposiciones para la protección de las mujeres en caso de riesgo inminente, incorporando como tal, cuando el denunciado expresa su negativa a aceptar el término de una relación afectiva que ha mantenido recientemente con la víctima y contemplando la posibilidad de extender hasta por dos años las medidas accesorias aplicadas por el juez, tales como la obligación de abandonar el hogar, la prohibición de acercarse a la víctima y la incorporación a programas de asistencia familiar.

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