
El senador Muñoz se mostró satisfecho con la aprobación del proyecto, por cuanto ahora las acciones legales en caso de no cancelar lo adeudado se dirigirán al empleador y no al trabajador beneficiario del crédito como sucedía hasta ahora en que el segundo era en ocasiones ingresado a bases de datos como deudor o inclusive era objeto de demandas judiciales.
El parlamentario señaló que aunque el artículo 58 del Código del Trabajo se refiere a los descuentos efectuados por la empresa, la modificación a la ley 18.833 sancionada protege expresamente a los trabajadores que sufren apropiación indebida por parte de los patrones que retienen los montos sin traspasarlo a su vez a las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
El legislador remarcó que la propuesta nació cuando era diputado a partir del caso puntual que afectó a trabajadores del desaparecido supermercado Listo de Punta Arenas, a quienes se les descontó parte de sus sueldos por concepto de créditos sociales sin que la empresa cancelara dichos créditos a la Caja de Compensación respectiva.
Al finalizar el congresista informó que la iniciativa ya es ley de la república por lo que empezará a regir dentro de los próximos 15 días en que será promulgada y publicada en el Diario Oficial.
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