marzo 06, 2008

Dirección del Trabajo dictaminó que trabajadores de parquímetros deben contar con medidas de protección y servicios higiénicos dispuestos por sus emp

Informó el senador Pedro Muñoz

La Dirección del Trabajo señaló que quienes se desempeñan en la vía pública tales como los cobradores de tarjetas de estacionamientos deben disponer de medidas de protección tales como calzado de seguridad, protección a los rayos ultravioleta por medio de bloqueadores solares o gafas y baños otorgados por los empleadores sin costo para los trabajadores.

Lo anterior a raíz del pronunciamiento solicitado por el senador Pedro Muñoz respecto a la aplicación de las normas del Código del Trabajo respecto de materias tales como protección de las inclemencias del tiempo y la exposición al frío y calor, acceso a agua potable, baño y comedor para los trabajadores cuyas faenas tienen lugar en la vía pública.

“La dirección del Trabajo ha precisado que dadas las características del trabajo en la vía pública los empleadores deben adoptar las medidas para proteger a sus trabajadores de los rayos ultravioleta, ya sea a través de ropa, anteojos con filtro ultravioleta o cremas protectoras si el trabajador se encuentra al aire libre entre las 10 y 15 horas, cuando es más riesgosa la exposición al sol”, señaló el parlamentario.

“También se indica que es obligación de las empresas disponer de baños a no más de 75 metros del lugar de trabajo o en su defecto, contratar dichos servicios con locales del sector, junto a la obligación de entregar calzado de seguridad por los riesgos de aplastamiento de pies por parte de vehículos en movimiento”, indicó el integrante de la Comisión de Trabajo del Senado.

Lo anterior viene a corregir en parte las inquietudes surgidas por parte de los cobradores de parquímetros de Punta Arenas, quienes se han costeado los servicios higiénicos y alimenticios prescindiendo de ellos en algunos casos, finalizó el senador Muñoz.

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