mayo 20, 2008

Senadores Pedro Muñoz y Jaime Naranjo solicitan monitoreo permanente de volcanes activos


Ante la emergencia en Chaitén, los senadores socialistas Pedro Muñoz y Jaime Naranjo presentaron un Proyecto de Acuerdo en la Cámara Alta solicitando una política de Estado para monitorear los numerosos volcanes del país, muchos de los cuales se encuentran activos.El proyecto establece solicitar a la Presidenta de la República que se conforme una comisión de especialistas, integrada además por miembros de los Ministerios de Minería y Hacienda, para que en un plazo no mayor a tres meses elabore una política de Estado, permanente en el tiempo, que permita implementar el monitoreo de a lo menos todos los volcanes actualmente activos.El documento añade que, para estos fines, se destinen cada año en el Presupuesto de la Nación los recursos económicos necesarios para su funcionamiento y expansión si se hace necesario. Muñoz argumentó que "en nuestro país existen más de dos mil volcanes, de los cuales alrededor de 200 se encuentran activos. De éstos, sólo 40 están siendo monitoreados periódicamente por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)". Indicó que "esto se debe a la escasez de financiamiento del Sernageomin, lo cual se traduce en la falta de una real política estatal de monitoreo de nuestros volcanes, situación resulta inaceptable para un país que tiene un alto grado de sismicidad y vulcanismo". Ante esta situación, dijo que el Estado chileno tiene el deber de desarrollar una política de protección de las personas en relación al vulcanismo.
Finalmente , el senador Muñoz dijo que "si queremos ser serios y responsables en esta materia, debe desarrollarse una red nacional de monitoreo, que abarque a lo menos la totalidad de los volcanes actualmente activos, para lo cual es necesario entregar mayores recursos económicos a los organismos competentes".

mayo 13, 2008

Piden modificar la ley de subcontratación

Para permitir a la Dirección del Trabajo realizar denuncias ante los Tribunales

El Senador Pedro Muñoz (PS), integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Alta, señaló que el fallo de la Corte Suprema que dio la razón a CODELCO en la polémica sostenida con la Dirección del Trabajo por la aplicación de la ley de subcontratación, significa un duro traspié para dicha norma que obliga a su urgente revisión.

Para el parlamentario, el denominado “supremazo” que ha vedado la posibilidad de una instancia administrativa para hacer cumplir esta ley, unida a la carencia de atribuciones de la Dirección del Trabajo para derivar los casos hacia la justicia, ha dejado a los trabajadores “atados de manos” respecto del ejercicio de sus derechos.

“Lo resuelto por los Tribunales - precisó - obligaría a que los propios trabajadores afectados por casos de suministro o subcontratación ilegal demandaran al empleador mandante, pasando por encima de su empleador formal y, en algunos casos, afectando incluso su subsistencia como empresa, lo que resulta del todo inviable.”

“Lo anterior - recalcó - ha sido recogido en la propia resolución de la Corte Suprema, en la prevención del Ministro Pedro Pierry, quien ha señalado expresamente que privar a la Dirección del Trabajo de la facultad de calificar los hechos, más aún cuando la ley le excluye de la titularidad activa en la materia, provoca que “la eventual conducta transgresora de la ley quedará sin sanción, salvo que sea el propio trabajador afectado el que reclame, lo que en muchos casos resulta ilusorio.”

Por esta razón – afirmó Muñoz - resulta urgente modificar la ley de subcontratación para darle a la Dirección del Trabajo la atribución, a lo menos, de instar por la calificación judicial de estos hechos y buscar así la aplicación de la ley, de un modo similar a lo que existe ya en materia de prácticas antisindicales.

En ambas situaciones y también en otras referidas al cumplimiento de las normas laborales respecto de trabajadores en actual actividad, resulta muy difícil que sean los propios afectados quienes accionen contra su propia empresa ante los Tribunales, por lo que sería del todo razonable permitir a la Dirección del Trabajo que lo haga.

Recordó que diversas leyes, promulgadas en los últimos años, han otorgado atribuciones similares para ejercer la titularidad activa a entes administrativos como el Servicio Nacional del Consumidor y al Servicio Nacional de la Mujer, en materias de su competencia, por lo que no debieran existir inconvenientes para concederlas, también, a la Dirección del Trabajo, en un tema de tanta relevancia como es la protección de los derechos de los trabajadores.

El legislador concluyó señalando que solicitará formalmente al Ministerio del Trabajo enviar un proyecto de ley que otorgue estas facultades al organismo fiscalizador, pues de lo contrario “la ley de subcontratación corre el riesgo de transformarse en letra muerta” – sentenció.

mayo 01, 2008

Senador Muñoz llama a los empresarios a respetar feriado del Día del Trabajo

Quienes no acaten la disposición se arriesgan a cuantiosas multas

El senador Pedro Muñoz destacó que por primera vez, supermercados, centros comerciales y malls a lo largo del país deberán permanecer cerrados este primero de mayo, en el marco de la celebración del Día Internacional de Trabajo.
Según lo dispone la ley promulgada a fines de 2007, este día corresponde a un feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores de Chile, por lo cual ningún trabajador que se desempeñe en establecimientos comerciales y cuyas tareas se relacionen con el expendio de mercaderías o productos, puede prestar servicios este día.
Según explicó el parlamentario socialista, los empleados afectos a una jornada de trabajo que se distribuye de lunes a viernes o de lunes a sábado, no están obligados a prestar servicios el primero de mayo en tanto que el descanso debe comenzar a más tardar a las 21 horas del día 30 de abril y terminar a las 6 horas del día 2 de mayo.
Aunque la ley extiende el feriado a los trabajadores del sector comercio, existen excepciones. No estarán afectos a este beneficio los empleados que trabajen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos, entre otros.
Tampoco gozarán de este feriado los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Para los trabajadores exceptuados de descanso dominical y de días festivos, como aquellos sujetos a sistemas excepcionales de jornada laboral, el primero de mayo será un día normal de trabajo. Sin perjuicio de esto , indicó el integrante de la Comisión de Trabajo del senado , se les deberá otorgar un descanso compensatorio o una compensación por trabajar ese día.
El parlamentario señaló que en el caso de quien infrinja la normativa , las multas ascenderán a 5 UTM (unos 174 mil pesos) por cada trabajador afectado por la infracción. En el caso que el empleador tuviera contratado 50 o más trabajadores, la multa ascenderá a 10 UTM (unos 348 mil pesos) por cada empleado. Si los trabajadores contratados ascienden a 200 o más, la multa será de 20 UTM (unos 696 mil pesos) por cada empleado.
El senador Muñoz finalizó haciendo un llamado a los dueños de locales comerciales a cumplir con la medida, pues de lo contrario se arriesgan a onerosas multas y al descrédito general ante la comunidad